El Gobierno obligará a que los niños youtubers e instragramers sean contratados por empresas e impedirá que los contraten sus propios padres

<p>El Gobierno empieza a dar forma a la limitación del <a href=»https://www.elmundo.es/cultura/2025/02/06/67a3b495fc6c83c9528b4587.html»>fenómeno de los menores con canales de Youtube o Instagram</a> en el que viene trabajando desde hace un año para incluir dentro de los límites del Estatuto del Artista. La modificación del Real Decreto 1435/1985 que regulaba la actividad de las personas artistas, que se encuentra en un segundo proceso de audiencia pública por haber aplicado sustanciales al original, obligará a que los padres tengan que establecer una relación laboral para sus hijos, es decir, <strong>que suscriban un contrato de trabajo con una empresa y en ningún caso lo hagan con ellos mismos</strong>.</p>

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 El Real Decreto de Trabajo también recoge que el uso de IA generativa debe incluirse dentro del contrato de trabajo artístico y en ningún caso pueda sustituir o eliminar a los artistas  

El Gobierno empieza a dar forma a la limitación del fenómeno de los menores con canales de Youtube o Instagram en el que viene trabajando desde hace un año para incluir dentro de los límites del Estatuto del Artista. La modificación del Real Decreto 1435/1985 que regulaba la actividad de las personas artistas, que se encuentra en un segundo proceso de audiencia pública por haber aplicado sustanciales al original, obligará a que los padres tengan que establecer una relación laboral para sus hijos, es decir, que suscriban un contrato de trabajo con una empresa y en ningún caso lo hagan con ellos mismos.

Según recoge el texto legal, el nuevo decreto, que sustituye al de 1985, establece que «la única ocupación productiva posible para las personas artistas menores de 16 años es el trabajo por cuenta ajena» para poder exigir «responsabilidades a las empresas que ocupen a estas personas trabajadoras» y así «abordar la regulación de algunos fenómenos de trabajo infantil desarrollados fuera de los ámbitos profesionales laborales». Fuentes del Ministerio de Trabajo confirman que ese punto afecta especialmente a los niños con canales de Youtube o Instagram, en algunos casos con audiencias multitudinarias, donde muestran cómo abren regalos que les llegan de las empresas. El texto es taxativo cuando señala que esos menores podrán ejercer esa actividad «siempre que sea por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de una empresa».

Fuentes del equipo de Yolanda Díaz, en un encuentro con la prensa este viernes, han trasladado que la intención es que esa relación salga del ámbito familiar y que se vea además profundamente reducida. El control de esas relaciones con menores, según las mismas fuentes, corresponderá a la Inspección de Trabajo y en caso de que el incumplimiento fuera flagrante se trasladaría a la Fiscalía de Menores para que se pudiera abrir un procedimiento penal.

El nuevo decreto, en relación al trabajo de menores en las artes, también fija que habrá un único permiso a nivel nacional así como unos límites horarios comunes. Hasta el momento esa tarea estaba delegada a las comunidades autónomas, cada una marcaba sus límites, con algunas regulaciones más laxas y otras más estrictas. Dentro de esas medidas, se incluye la prohibición de que menores de dos meses puedan estar presentes en rodajes cinematográficos o de publicidad.

Hasta un año, esos menores podrán trabajar dos horas diarias con un máximo de cuatro horas semanales; hasta los tres años, el límite sube a tres horas diarias y seis horas; hasta los seis años, serán cuatro horas diarias y diez semanales; hasta los doce, podrán acumular cinco horas diarias y 15 semanales, pudiendo ampliarse a 25 horas si es en el período vacacional, y hasta los 16 años, el límite se incrementa hasta seis horas diarias y 24 semanales, que pueden llegar a 30 nuevamente en vacaciones. Además se incluye un control para el maquillaje, el sonido y los efectos de luz a los que pueden estar sometido los menores, un descanso mínimo por jornada de media hora y la prohibición de que el trabajo sea nocturno, salvo para los mayores de 12 años con carácter excepcional en épocas no lectivas.

Una de las principales modificaciones que se ha añadido en el nuevo decreto, que ha obligado a un segundo trámite de audiencia pública de siete días, es la regulación de la inteligencia artificial. Concretamente, el texto señala que el uso de la IA generativa debe incluirse dentro del contrato de trabajo artístico que se firme y que esta herramienta únicamente se puede usar en el estricto ámbito de la obra para la que fue establecido ese contrato. Es decir, que la IA en ningún caso pueda sustituir o eliminar a los artistas. Por ejemplo, en el caso de una serie, no se podrá desarrollar un guion para una primera temporada y que las siguientes, a partir de ese guion original, sea desarrollado por una IA generativa.

También se regula con esta nueva legislación, cuyo texto de partida ya se presentó en febrero de 2025 y se estableció que estaría aprobado en unas semanas desde el Ministerio de Trabajo y de Cultura, la obligación de incorporar coordinadores de intimidad en todos los rodajes, incluir como parte de la jornada laboral actividades como pueden ser los ensayos, la promoción o las lecturas de guion y la obligación a las empresas artísticas de aplicar el principio de celeridad -básicamente darle prioridad- en las denuncias presentadas por acoso laboral o abuso sexual puesto que buena parte de las empresas implicadas tienen una actividad limitada en el tiempo.

El proceso que ahora debe de seguir este Real Decreto es concluir este segundo trámite de audiencia pública, que tiene fijado el 2 de febrero como fecha límite, y elevar el texto al Consejo de Estado para que redacte los informes correspondientes antes de acudir al Consejo de Ministros. Fuentes del Ministerio de Trabajo afirman que una vez llegue al Consejo de Ministros se tramitará por la vía de urgencia y los plazos estimados es que pueda estar, en el mejor de los escenarios, aprobado antes del verano o en todo caso después de la época estival.

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