<p>La <strong>Fiscalía de la Audiencia Nacional</strong> ha acordado archivar las diligencias abiertas tras recibir <a href=»https://www.elmundo.es/cultura/musica/2026/01/16/6969d941fc6c83004b8b459a.html» target=»_blank»>una denuncia por agresión sexual</a> contra <a href=»https://www.elmundo.es/e/ju/julio-iglesias.html» target=»_blank»><strong>Julio Iglesias</strong></a>, ante la falta de jurisdicción de la Justicia española para conocer los supuestos delitos cometidos en el extranjero.</p>
El tribunal alega que España no es competente para investigar delitos cometidos en el extranjero, máxime cuando las víctimas no son españolas
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha archivado las diligencias abiertas tras recibir una denuncia por agresión sexual contra Julio Iglesias, ante la falta de jurisdicción de la Justicia española para conocer los supuestos delitos cometidos en el extranjero.
El decreto de archivo se centra en examinar si la Justicia española puede abordar un supuesto como el descrito en la denuncia que la asociación Women´s Link Worldwide presentó ante la Fiscalía de la Audiencia el pasado 5 de enero. Su conclusión es que no, apoyándose en la interpretación que el Tribunal Supremo ha hecho del artículo clave que regula en qué circunstancias pueden investigarse hechos cometidos fuera de nuestro país.
El escrito indica que, siguiendo el criterio del Supremo, «la Audiencia Nacional ha interpretado reiteradamente […] que España no es competente para investigar delitos cometidos en el extranjero cuando no existan vínculos relevantes con nuestro país».
Especialmente, añade, cuando las víctimas «son extranjeras y no son residentes en España», los presuntos autores «también lo son o no se encuentran en España» y los hechos «pueden investigarse en el Estado donde ocurrieron».
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